La Guaita, el área de Promoción Económica y Fomento de la Ocupación del Ayuntamiento de…

Hasta 10.000€ de subvención para el fomento de la autoocupación y nuevas contrataciones
El Ayuntamiento de Castelldefels, a través del Área de Promoción Económica y fomento del empleo, La Guaita, ha activado dos nuevas líneas de subvención para fomentar el autoempleo y nuevas contrataciones con el objetivo de reactivar la economía local.
El objetivo es fomentar la creación de iniciativas económicas y dar apoyo a la actividad de los autónomos, comercio y empresas ya creadas que contribuyan a la dinamización económica y comercial del territorio. El plazo de presentación de las solicitudes acabará el 30 de noviembre.
- Podéis descargar aquí el cuadro resumen de las nuevas líneas de subvención municipal.
- Y aquí podéis descargar el impreso de solicitud
- Podéis iniciar el trámite aquí.
La primera de las líneas, destinada al fomento del autoempleo, está dirigida a personas empadronadas en Castelldefels antes del inicio de la actividad y se hayan dado de alta como personas trabajadoras autónomas entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de octubre de 2021.
También es condición indispensable no haber estado dado de alta como autónomo o mutualista en los 6 meses anteriores al acta actual y que la actividad económica se desarrolle en nuestra ciudad.
El importe de esta línea de subvenciones es de 1000€ que se pueden incrementar en un 10% si la persona emprendedora es una mujer, y hasta un 20% si la actividad se enmarcar dentro de alguno de los supuestos que relacionamos a continuación.
- El uso intensivo de las TIC: actividades manufactureras de servicios la actividad principal esté vinculada al desarrollo, la producción, la comercialización y la utilización intensa de tecnología como elemento estratégico en su estrategia de negocio.
- Empresas cuya actividad principal sea la producción y comercialización de un producto o la prestación de un servicio que tenga como objetivo optimizar el consumo energético, fomentar el uso de energías limpias, el desarrollo de nuevas actividades energéticas, la adopción de certificaciones ambientales o la disminución de la contaminación acústica.
- Empresas vinculadas a la divulgación cultural: actividades empresariales que desarrollan, con fines comerciales, bienes y servicios claramente relacionados con la creación, producción y distribución de productos audiovisuales (cine, televisión e industria fotográfica), editoriales, fonográficos (discográficas, radoio), artes visuales y escénicas (conciertos, industria teatral, artesanía, diseño de moda i de interiores), museísticos y multimedia (contenidos digitales y de maquinaria asociada).
- Empresas directamente relacionadas con el ocio educativo impulsoras y organizadoras de actividades de tiempo libre en medio natural, actividades educativas en espacios de cultura (museos, centros culturales, ludotecas y centros infantiles y juveniles), actividades de educación no formal, actividades de guarda y custodia de periodo no lectivo, actividades extraescolares y de acompañamiento y actividades deportivas.
Hasta 10.000€ de subvención a nuevas contrataciones
La segunda línea de subvención municipal tiene com oobjetivo el fomento de nuevas contrataciones. Como en el caso de la primera línea, es requisito que sean personas física y/o jurídicas con centro de trabajo en Castelldefels, que los contratos de trabajo hayan sido formalizados en el 1 de enero de 2021 y el 31 de octubre de 2021 y que la persona contratada estuviera empadronada en Castelldefels antes de la contratación y que llevara seis meses en el paro antes de empezar a trabajar.
En el caso de esta línea de subvención destinada a nuevas contataciones, el importe máximo será de 10.000€ por empresa o grupo empresarial. Más concretamente, si la persona contratada tiene menos de 45 años, el importe subvencionable será de 600 euros al mes por jornada completa y hasta un máximo de 3600 euros.
I si la persona contratada tiene 45 años o más, el importe será de 800 euros al mes por jornada completa y hasta un máximo de 4800 euros. Como en el caso anterior, si la persona contratada fuera una mujer habría una bonificación del 10%.
¿Qué documentación habrá que presentar?
Línea A: Foemnto del autoempleo:
• Impreso de solicitud
• Documento de alta censal de la actividad, modelo 036/037 Hacienda
• Documento de alta de autónomos o del colegio profesional
• Informe de Vida Laboral de la persona a subvencionar
En el caso de las actividades empresariales detalladas, deberá quedar acreditado en licencia municipal, en el alta de actividad censal (036 o 037), en escrituras y/o publicitats de la actividad realizzada con anterioridad a esta convocatoria.
Línea B1: Fomento de nuevas contrataciones:
- Impreso de solicitud
- Escrituras de constitución, en el caso de que la solicitud se esté firmando con un certificado de carácter personal y no de representación
- Documento de alta censal de la actividad, modelo 036/037 Hacienda
- Licencia municipal de apertura a nombre de la persona física o jurídica titular del alta de la actividad en Hacienda (036 o 037).
- Informe de Vida Laboral de la persona a subvencionar.
- Contrato laboral de la persona contratada.
¿En qué supuesto no se podrá accder a estas nuevas líneas de subveción?
- Els beneficiaris de la «Tercera convocatòria extraordinària d’ajuts, a favor de petites empreses i autònoms del municipi de Castelldefels, per contrarestar els efectes de la Covid-19 i de la declaració dels diferents estats d’alarma».
- Els beneficiaris de la «Convocatòria per l’anualitat 2020 de les subvencions destinades al sector turístic de Castelldefels».
- Els beneficiaris de la «Convocatòria per l’anualitat 2021 de les subvencions destinades al sector turístic de Castelldefels»
- Las personas dadas de alta en el RETA como autónomos colaboradores (excluidos de líneas A y B).
- Les contractacions fetes per empreses que formin part d’un grup empresarial amb el mateix administrador o consell administrador i que realitzen contractes laborals a persones ja contractades anteriorment per una altra empresa del mateix grup (exclosos de línia B).
- No serán subvencionables las contrataciones efectuadas por Empresas de Trabajo Temporal (excluidos línea B).
Por otra parte, esta subvención no será compatible con las recibidas a través de los programas «Jóvenes por la Ocupación», «Hagamos ocupación para jóvenes» o similares realizados en el marco de las políticas activas subvencionadas por el Servei Públic d’Ocupación de la Generalitat de Cataluña.
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