El Ayuntamiento de Castelldefels mantiene abierta la tercera convocatoria de subvenciones municipales para paliar las…

Paquete de ayudas frente a la crisis económica del COVID-19
A raíz de la crisis originada por el nuevo virus COVID-19 se han lanzado una serie de ayudas por parte de diferentes organismos públicos. Con el objetivo de facilitar la información a los usuarios y usuarias, hemos querido recogerlas en el siguiente post desde una visión global.
Resaltar que, dado el carácter inestable de esta crisis, pueden surgir posteriores modificaciones, restricciones o nuevas medidas al respecto. Algunas de ellas no son de aplicación inmediata y tampoco son extensibles para todas las situaciones. En cualquier caso, los servicios de Promoción Económica de Castelldefels (La Guaita) no son competentes sobre el trámite de las posibles solicitudes o resoluciones que se deriven, más allá de las posibles ayudas que se puedan generar por parte del Ayuntamiento de Castelldefels.
Por otra parte, como se puede comprobar en los medios, las novedades legislativas son continuas e incluyen muchos aspectos que no podemos recoger en este documento. Al final del post encontraréis una relación de las disposiciones legales aprobadas, donde se puede consultar todo lo aprobado hasta el momento.
Estatal:
Línea de Avales ICO.
- Concepto: Avales para facilitar acceso al crédito y liquidez a empresas y autónomos para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
- Trámite: Entidades financieras con contrato marco con ICO.
- Referencia legal: Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo.
- Más detalles en esta ficha.
Línea ICO Sector Turístico y Actividades Conexas COVID-19 / Thomas Cook.
- Concepto o medida: Financiación para autónomos y empresas con domicilio social en España que formalicen operaciones en la Línea ICO Empresas y Emprendedores, cuya actividad esté dentro de un CNAE del sector turístico y actividades conexas según la relación de CNAE publicada.
- Trámite: De momento sólo en Banco Santander, BBVA y CaixaBank.
- Más detalles en ésta Ficha.
Bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social (derivado del artículo 13 del Real Decreto Ley 7/2020, de 12 de marzo por el cual se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19).
- Potenciales beneficiarios: Empresas vinculadas al sector del turismo, comercio y hostelería.
- Requisitos: Que generen actividad productiva entre los meses de febrero y junio y que mantengan la ocupación de sus trabajadores.
- Trámite: El trámite se realiza mediante el Sistema RED de la Seguridad Social. Más detalles aquí.
- Plazo: Podrá comunicarse hasta el 29 de abril.
Prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por el estado de alarma.
- Potenciales beneficiarios: Trabajadores autónomos.
- Requisitos:
- Que la actividad haya sido suspendida por la declaración del RDL 463/2020 (artículo 10 ).
- Facturación reducida al menos en un 75% respecto al promedio del semestre anterior.
- Cuantía: 70% de la Base de Cotización. Leer detalles en artículo 17 del RDL 8/2020.
- Duración de la prestación: Un mes, ampliable si se alarga la declaración de alarma.
Medidas de flexibilización de los mecanismos de ajuste temporal de actividad para evitar despidosde alarma.
- Varias medidas. Ver Capítulo II y del RDL 8/2020.
Otras medidas de ámbito estatal:
- Consideración de accidente de trabajo los periodos de aislamiento o contagio provocados por el virus COVID-19.
- Beneficiarios: Autónomos y trabajadores asalariados.
- Requisitos: Estar dado de alta, en la fecha del aislamiento, en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social.
- Disposición legal: Artículo 5 del Real Decreto Ley 6/2020, de 10 de marzo.
- Aplazamiento de deudas tributarias.
- Concepto: Se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice entre el 13 de marzo y el 30 de mayo de 2020.
- Beneficiarios: Autónomos y empresas.
- Requisitos: No tener un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 €.
- Disposición legal: Artículo 14 del Real Decreto Ley 7/2020, de 12 de marzo.
- Suspensión de los plazos administrativos de prescripción y caducidad.
- Concepto: Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.
- Beneficiarios: Todos en general.
- Disposición legal: Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Generalitat:
Línea ICF – Avalis Liquidez.
- Concepto: El ICF y Avalis de Cataluña avalan el 75% de los préstamos de las entidades financieras con la finalidad de cubrir las necesidades de liquidez de las pymes catalanas a consecuencia de la situación derivada del COVID-19.
- Beneficiarios: Pimes (autónomos y empresas).
- Requisitos:
- Importes a partir de 100.000 €.
- Las empresas se tendrán que comprometer a mantener puestos de trabajo.
- Trámite: Próximamente mediante el Institut Català de Finances.
Otros Productos financieros del ICF.
- Consultar los diferentes productos financieros del Institut Català de Finances.
- Beneficiarios: Emprendedores, autónomos, micro empresas, pymes y grandes empresas.
- Trámite: Institut Català de Finances.
Línia d’ajuts per a les persones treballadores autònomes afectades econòmicament pel coronavirus.
- Importe: Hasta 2.000 €.
- Beneficiarios: Estará destinada a actividades cuyos espacios o servicios estén relacionados con los que las autoridades sanitarias han decretado que cierren o dejen de prestarse.
- Requisitos: Se deberán acreditar pérdidas económicas involuntarias en marzo de 2020 en comparación con el mismo mes de 2019. Precisamente por este motivo, habrá que esperar hasta el 1 de abril para poder solicitarla. Otro requisito será no disponer de otras fuentes alternativas de ingresos.
- Trámite: Digitalmente según se publique la información.
- Disposición legal: Artículo 15 (Capítulo VI)
Línea de subvenciones para profesionales y microempresas del sector turístico de Catalunya
- Importe: 2.500 €.
- Beneficiarios: Autónomos profesionales y empresas del sector turístico. Principalmente:
- Establecimientos de alojamiento turístico.
- Empresas turísticas de mediación.
- Establecimiento y actividades de interés turístico.
- Guías de turismo habilitados.
- Requisitos: Entre otros:
- Estar inscritos en el Registro de Turismo de Catalunya, con una antelación mínima de un año.
- Tener un máximo de 5 trabajadores.
- Tener una facturación máxima de 500.000 € en el último ejercicio.
- Trámite: Digitalmente según las indicaciones del trámite del Canal Empresa de la Generalitat.
- Disposición legal: ORDEN EMC/39/20 (bases reguladoras) y RESOLUCIÓN EMC/843/2020 (Convocatoria).
Más información sobre el Coronavirus para empresas y personas trabajadoras.
Otras medidas de ayudas a la actividad productiva y el empleo.
DISPOSICIONES LEGALES
Estatales
- Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- Real Decreto Ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.
- Real Decreto Ley 7/2020, de 12 de marzo por el cual se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.
- Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19
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