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Nueva subvención para restauradores y centros de estética y belleza

Desde el Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña se articula una línea de subvenciones de 40 millones de euros, dirigida a autónomos, pymes y microempresas de los sectores de la restauración y de estética y belleza, para los cuales el cierre temporal de sus establecimientos supone una disminución drástica de la facturación.

La dotación inicial para esta línea de subvenciones se eleva a 40 millones de euros, que se podrán ampliar en función de las necesidades. El importe máximo concedido para cada beneficiario será de 1.500 euros.

Se podrán solicitar a partir del miércoles 28 de octubre a las 9:00h y durante 15 días hábiles o agotamiento de presupuesto

Si necesitáis ayuda para una correcta tramitación, no dudéis en contactar con La Guaita, llamando al 936 352 575 para que nuestros técnicos os acompañen durante el proceso.

¿Quién puede solicitar esta subvención?

Los profesionales autónomos y pymes que presten actividades de restauración (bares, restaurantes y cafeterías, incluidos aquellos que prestan su actividad dentro de un establecimiento colectivo como pueden ser centros comerciales o mercados municipales) o sean titulares de un centro de estética y belleza, dadas de alta en el censo del impuesto de actividades económicas, que han sido obligadas al cierre en base a la Resolución SLT/2546/2020, de 15 de octubre, por la cual se adoptan nuevas medidas de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.

Si un restaurante se encuentra cerrado pero hace comida para llevar también puede ser beneficiario de esta línea de subvención, igual que las peluquerías que tienen dada de alta la actividad de estética en el mismo establecimiento. Podéis resolver dudas a las preguntas frecuentes.

¿Cómo solicitarla?

Hay tres canales disponibles:

¿Qué documentación se tendrá que presentar para pedir la subvención?

  • Rellenar el formulario de solicitud
  • Declaración responsable (descarga modelo)
  • Fotografía de la fachada del establecimiento
  • Fotografía del interior del establecimiento

Será subvencionable cualquier gasto que se haya tenido desde el 1 de enero de 2020 ( alquileres, suministros, compra de productos/mercancías, gastos de gestoría…) del cual tengamos una factura. Esta subvención es compatible con cualquier línea de ayuda del estado o de la Generalitat.

Antes del 31 de diciembre de 2020, el CCAM emitirá una resolución con las solicitudes que se han otorgado y las que se han inadmitido en el caso de no cumplir con los requisitos de este programa. En el momento en que se publica la resolución en el e-tablero de la Generalitat el usuario recibirá una comunicación al mail que haya indicado en la solicitud.

Más información:

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