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Subvenciones de hasta 10.000€ para fomentar el autoempleo y nuevas contrataciones
Subvenciones de hasta 10.000 euros para nuevas contrataciones y personas autónomas. Esto es lo que el Ayuntamiento de Castelldefels, a través del Área de Promoción económica y fomento del empleo, La Guaita, ha activado: dos nuevas líneas de subvención para fomentar el autoempleo y las nuevas contrataciones de personas en paro y empadronadas en Castelldefels.
- Convocatoria Subvenciones
- Solicitud subvención(a partir del 5 de julio)
El objetivo es fomentar la creación de iniciativas económicas y apoyar la actividad de los autónomos, comercios y empresas ya creadas que contribuyan a la dinamización económica y comercial del territorio. El plazo de presentación de solicitudes terminará el 31 de octubre de 2022.
- Podéis descargar aquí el cuadro resumen de las nuevas líneas de subvención municipal.
- Y aquí podéis descargar el impreso de solicitud
- Podéis iniciar el trámite aquí.
La primera de las líneas, destinada al fomento del autoempleo, está dirigida a personas que realicen una actividad económica y que se hayan dado de alta como personas trabajadoras autónomas entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022.
También es condición indispensable no haber estado de alta como autónomo o mutualista en los últimos 6 meses antes del actual alta y que la actividad económica sea desarrollada en nuestra ciudad.
El importe de esta línea de subvención es de 2000€ que puede incrementarse en un 10% si la persona emprendedora es una mujer y en otro 10% si la persona tiene alguna diversidad funcional superior al 33%.
Subvenciones de hasta 10.000€ para nuevas contrataciones
La segunda línea de subvención municipal tiene como objetivo el fomento de nuevas contrataciones. Como en el caso de la primera línea, es requisito que sean personas físicas y/o jurídicas con centro de trabajo en Castelldefels, que formalicen contratos de trabajo entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022 y que la persona contratada estuviera en paro y empadronada en Castelldefels antes de la contratación.
Si la persona contratada llevaba entre 3 y 6 meses en paro, la subvención será del 50% de lo que se detalla a continuación y si llevaba más de 6 meses, la subvención será del 100%.
En el caso de esta línea de subvención destinada a nuevas contrataciones, el importe máximo será de 10.000 € por empresa o grupo empresarial.
Más concretamente, si la persona contratada tiene menos de 45 años, el importe subvencionable será de 600 euros al mes por jornada completa y hasta un máximo de 3.600 euros.
Y si la persona contratada tiene 45 años o más, el importe será de 800 euros al mes por jornada completa y hasta un máximo de 4.800 euros. Como en el caso anterior, habrá una bonificación del 10% si la persona contratada es una mujer, y lo mismo si presenta una diversidad funcional superior al 33%.
¿Qué documentación habrá que presentar?
Línea A: Fomento del autoempleo:
- Impreso de solicitud
- Documento de alta censal de la actividad, modelo 036/037 Hacienda
- Licencia municipal de apertura a nombre de la persona física o jurídica titular del alta de la actividad en Hacienda, cuando ésta sea exigible
- Informe de Vida Laboral de la persona a subvencionar
- Documento de alta de autónomos o del colegio profesional
- Documento administrativo acreditativo del grado de discapacidad, si se requiere
Línea B: Fomento de nuevas contrataciones:
- Impreso de solicitud
- Documento de alta censal de la actividad, modelo 036/037 Hacienda
- Licencia municipal de apertura a nombre de la persona física o jurídica titular del alta de la actividad en Hacienda, cuando ésta sea exigible.
- Informe de Vida Laboral de la persona a subvencionar.
- Contrato laboral de la persona contratada.
- Documento administrativo acreditativo del grado de discapacidad, si se requiere
¿En qué supuestos no se podrá acceder a estas nuevas línias de subvención?
- Las personas dadas de alta en el RETA como Autónomos Colaboradores (excluidos de la línea A).
- Las contrataciones hechas por empresas que formen parte de un grupo empresarial con el mismo administrador o consejo administrador y que realicen contratos laborales a personas ya contratadas anteriormente por otra empresa del mismo grupo (excluidos de línea B).
- No serán subvencionables las contrataciones efectuadas por Empresas de Trabajo Temporal (excluidos línea B).
Por otra parte, esta subvención tampoco será compatible con las recibidas a través de programas realizados en el marco de las políticas activas subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de la Generalidad de Cataluña.
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